27 may 2011

AÑO INTERNACIONAL DE LOS BOSQUES


Resolución aprobada por la Asamblea General

En el informe de la Segunda Comisión (A/61/422/Add.1 y Corr.1)

61/193. Año Internacional de los Bosques de 2011


La Asamblea General,

Reafirmando su compromiso con los sin fuerza jurídica obligatoria, de principios para un consenso mundial respecto de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques y la Agenda 21, aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, la Declaración del Milenio , aprobada en la Cumbre del Milenio en el año 2000, la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible y el Plan de Aplicación de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, adoptada en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo, Sudáfrica, en 2002,

Recordando la Convención sobre la Diversidad Biológica, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África, y otros convenios pertinentes relativos a la complejidad de las cuestiones forestales,

Reconociendo que los bosques y la ordenación forestal sostenible puede contribuir de manera significativa al desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el logro de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los objetivos de desarrollo del Milenio,

Recordando Económico y Social en su decisión 2006/230, de 24 de julio de 2006,

Haciendo hincapié en la necesidad de una gestión sostenible de los bosques de todo tipo, incluidos los ecosistemas forestales frágiles,

Convencida de que los esfuerzos concertados deberían centrarse en aumentar la concienciación en todos los niveles para fortalecer la gestión sostenible, la conservación y el desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques en beneficio de las generaciones actuales y futuras,

1. Decide declarar el 2011 Año Internacional de los Bosques;

2. Pide a la secretaría del Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría, para servir como centro de coordinación para la aplicación del Año, en colaboración con los gobiernos, la Asociación de Colaboración en materia de bosques e internacionales, y subregionales, las organizaciones regionales y procesos, así como los grupos principales pertinentes;

3. Invita , en particular, la Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas, como Presidente de la Asociación de Colaboración sobre Bosques, dentro de su mandato, para apoyar la aplicación del Año;

4. Pide a los gobiernos, las organizaciones regionales e internacionales, y los grupos principales para apoyar las actividades relacionadas con el Año, entre otras cosas, a través de contribuciones voluntarias, y vincular sus actividades relacionadas con el mismo;

5. Alienta a las asociaciones voluntarias entre los Estados Miembros, las organizaciones internacionales y grupos principales para facilitar y promover actividades relacionadas con el Año en los niveles locales y nacionales, incluso mediante la creación de comités nacionales o la designación de puntos focales en sus respectivos países;

6. Pide al Secretario General que informe a la Asamblea General en su sexagésimo cuarto sobre el estado de los preparativos del Año.
83 ª sesión plenaria
20 de diciembre 2006

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